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Artículo 154

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo XX. DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION, RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

Son obligaciones y atribuciones del responsable del área de Control de Recursos Humanos las siguientes:

I. Verificar la plena aplicación de los acuerdos que ordene el Pleno en el área de su competencia;

II. Controlar todos los movimientos que origine el personal, así como la dotación de documentos de identificación para el personal del Supremo Tribunal de Justicia;

III. Controlar sistemáticamente los servicios relativos a los Recursos Humanos del Poder Judicial y coordinar el correcto aprovechamiento de tales recursos;

IV. Actualizar el catálogo de las diferentes categorías de los servidores públicos del Estado de Jalisco;

V. Diseñar para su aprobación un profesionograma para cada una de las categorías que integran el catálogo que señala el inciso anterior; y VI. Las demás que le sean asignadas por la Dirección de Recursos Humanos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.