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Artículo 153

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo XX. DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION, RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

Son obligaciones y atribuciones del responsable del área de integración de Recursos Humanos:

I. Reclutar los candidatos para ocupar plazas administrativas, mediante los medios de promoción interna o externa para las diversas vacantes;

II. Seleccionar y promover aquellos elementos que califiquen técnicamente, correspondiente al perfil demandado por el puesto;

III. Hacer los diagnósticos y evaluaciones sobre requerimientos de capacitación y adiestramiento del personal en las diversas dependencias del Poder Judicial;

IV. Realizar los estudios de evaluación de puestos que le encomienden;

V. Elaborar los perfiles de aptitud para cada una de las categorías y puestos; y VI. Las demás que le sean asignadas por la Dirección de Recursos Humanos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.