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Artículo 149

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo XX. DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION, RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

Son obligaciones y atribuciones del Jefe de la Unidad Departamental de Servicios Generales las siguientes:

I. Mantener en óptimas condiciones de aseo las instalaciones del Poder Judicial a través del servicio auxiliar de intendencia;

II. Apoyar a las dependencias jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial en servicios de mensajería, fotocopiado y transportación de elementos indispensables de operatividad específicos;

III. Controlar el apoyo de seguridad y vigilancia de las diversas instalaciones del Poder Judicial;

IV. Vigilar la custodia y seguridad de los bienes asignados fuera de los horarios de servicio; y V. Diseñar las rutas para el transporte del personal y mantener los vehículos del Tribunal en las condiciones que tiendan al mejor uso y servicio de los mismos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.