El Estudio es el documento detallado y preciso emitido por el Servicio de Protección en el cual se podrá decretar de manera preliminar la autorización o no para otorgar la prestación del servicio.
De manera enunciativa, y no limitativa, el Estudio deberá contener como mínimo lo siguiente:
I. Modalidad del servicio que se propone;
II. Equipamiento;
III. Vehículos designados al servicio en caso de que proceda;
IV. Cantidad de elementos destinados a la protección;
V. Duración;
VI. Necesidad de protección;
VII. Costo del servicio, en su caso.
VIII. Niveles de riesgo; y IX. Si el solicitante califica o no para otorgarle protección especial.