Las diligencias que puede realizar u ordenar el Comisionado Ponente, así como los informes complementarios que puede solicitar dentro del período de instrucción del recurso de transparencia son: l. Inspección ocular del sitio oficial de Internet del sujeto obligado, o en su caso, donde de conformidad con la normatividad aplicable se debe encontrar publicada la información fundamental materia del recurso de transparencia;
II. Inspección ocular del lugar donde se publique físicamente la información fundamental materia del recurso de transparencia, como lo son periódicos, murales, estrados y listas;
III. Requerimiento documental dirigido al sujeto obligado, a efecto de que remita copias certificadas de cierta documentación que tenga injerencia con la información fundamental materia del recurso de transparencia; y IV. Informe complementario dirigido al sujeto obligado o al recurrente, a efecto de que aclare ciertas circunstancias del informe ordinario o haga manifestaciones específicas sobre la publicación de la información fundamental materia del recurso de transparencia.
Estas diligencias deberán ordenarse dentro de los diez días siguientes a la presentación del informe ordinario del sujeto obligado.