Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 37

Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública· Capítulo III. De los Procedimientos Administrativos › Sección Segunda. De la validación de los Sistemas Electrónicos de publicación de Información Fundamental

Los sujetos obligados cuyo sistema electrónico haya sido validado, deberán informar al Instituto, por escrito, cualquier cambio o problema técnico que sufra el Sistema Electrónico de Publicación de Información Fundamental, en un plazo no mayor a cinco días posteriores a que se suscite el cambio o problema.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.