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Artículo 14

Reglamento de la Ley de Proyectos de Inversión y de Prestación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios· Capítulo IV. De la Autorización del Proyecto

La Secretaría emitirá el dictamen correspondiente con base en lo siguiente:

I. La opinión favorable de la Secretaría de Planeación;

II. El impacto en los recursos presupuestales por la contraprestación estimada a pagarse y una proyección que demuestre que se tendrán los recursos suficientes para cubrir la obligación y los demás compromisos durante el plazo del contrato;

III. Las garantías que, en su caso, se otorgarán a favor del proveedor; y IV. Los términos de las autorizaciones que deberán incluirse en la iniciativa en materia presupuestal y de garantías.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.