Capítulo UnicoDISPOCISIONES GENERALES
Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco · arts. 256 a 259
Artículos
- Art. 2561. Para la emisión de la constancia y holograma distintivo del registro para prestar el servicio de transporte privado de punto a…
- Art. 2571. La solicitud de renovación de la empresa de redes de transporte del registro se presentará ante el Registro Estatal de la…
- Art. 2581. Los propietarios de los vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte privado de punto a punto bajo demanda…
- Art. 2591. Los vehículos registrados para prestar el servicio de transporte privado de punto a punto no deberán exceder de siete plazas…