1. La Comisión Interinstitucional para la Seguridad Vial del Transporte Público del Estado de Jalisco se integra por las personas Titulares de las siguientes dependencias y entidades:
I. La Secretaría de Transporte quien la preside;
II. Un Secretario Técnico designado por el Presidente;
III. La Secretaría General de Gobierno;
IV. La Secretaría de Salud;
V. La Secretaría de Seguridad;
VI. La Fiscalía del Estado; y VII. Hasta 4 representantes de las empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo. 2. Cada Titular de la respectiva dependencia o entidad podrá designar un suplente. Los cargos de la Comisión serán honoríficos y por su desempeño no se percibirá retribución, emolumento o compensación alguna. 3. Adicionalmente, el presidente podrá invitar a las sesiones de la Comisión a representantes de las entidades y dependencias federales, estatales o municipales, así como organismos internacionales, instituciones educativas, colegios de profesionales, asociaciones y demás instituciones que, por la naturaleza de los asuntos a tratar, se estime pertinente su participación, dichos invitados tendrán derecho a voz en las sesiones. 4. Lo integrantes de la Comisión referidos en la fracción VII de este artículo, serán elegidos mediante convocatoria pública.