1. La Secretaría colaborará con las autoridades municipales, estatales y federales para realizar las acciones de respeto al medio ambiente a partir de políticas públicas que incentiven el cambio del uso de transporte particular por Transporte Colectivo o Masivo, así como impulsar la movilidad no motorizada. 2. La Policía Vial y la Policía Vial Municipal realizarán en el ámbito de su jurisdicción las acciones que tiendan al control del equilibrio ecológico, la prevención de la contaminación y la emisión de ruidos contaminantes de vehículos en el Estado.
Artículo 16
Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco· Título Segundo. EDUCACIÓN PARA LA CULTURA DE LA MOVILIDAD, SEGURIDAD VIAL Y MEDIDAS ECOLÓGICAS › Capítulo II. MEDIDAS ECOLÓGICAS DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE
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