La Secretaría, a través de la Dirección de Coordinación de Seguimiento, Evaluación y Desarrollo Institucional, deberá dar la atención y evaluar los acuerdos y programas que se deriven en esta materia, así como enterar a la Secretaría y al Consejo para su conocimiento.
Artículo 93
Reglamento de la Ley de Fomento a la Cultura· Título Octavo. DE LAS ACCIONES ESPECIALES DE FOMENTO A LA CULTURA › Capítulo V. De la Comisión de Fomento al Libro y a la Lectura
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