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Artículo 87

Reglamento de la Ley de Fomento a la Cultura· Título Octavo. DE LAS ACCIONES ESPECIALES DE FOMENTO A LA CULTURA › Capítulo V. De la Comisión de Fomento al Libro y a la Lectura

Para los efectos del artículo 38 de la ley, la Comisión tiene por finalidad participar en forma conjunta con la Secretaría y la Secretaría de Educación Jalisco, en la presentación de propuestas que promuevan a los libros y la lectura.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.