Para lograr estos fines, las Secretaría, a través de la Dirección de la Red Estatal de Bibliotecas, la Dirección de publicaciones, la Dirección de Literatura y la Secretaría de Educación Jalisco deberán:
I. Establecer programas de promoción de la lectura entre la población del Estado, especialmente en el sistema educativo;
II. Impulsar la creación, ampliación y mejoramiento de salas de lectura y bibliotecas;
III. Procurar acciones que tengan como propósito apoyar la distribución y adquisición de libros;
IV. Estimular la lectura y conocimiento de escritores jaliscienses;
V. Fomentar la promoción de libros, revistas y coediciones de carácter cultural;
VI. Organizar concursos anuales en el Estado, que tengan por objeto estimular la lectura y dirigirlos principalmente a los alumnos de educación básica; y VII. Proponer a la Secretaría la publicación de libros de autores jaliscienses o residentes del Estado.