Las autoridades educativas y culturales, con el apoyo de la Comisión de Fomento al Libro y a la Lectura, deberán fomentar el hábito de la lectura entre la población de Jalisco, y promoverán su mayor acceso a la producción escrita.
Artículo 85
Reglamento de la Ley de Fomento a la Cultura· Título Octavo. DE LAS ACCIONES ESPECIALES DE FOMENTO A LA CULTURA › Capítulo IV. Del Fomento al Libro y a la Lectura
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