La convocatoria deberá señalar:
I. La disciplina artística o cultural a la que se convoca;
II. Requisitos que deberán reunir los concursantes para estar en aptitud de concursar;
III. Condiciones a que se someterán tanto el Consejo, como los concursantes;
IV. Período por el que se otorga el apoyo económico y sí es refrendable;
V. Lugar, día y hora en que será la apertura de las propuestas y lectura del resumen ejecutivo de las mismas;
VI. Los consejeros que habrán de fungir como Jurado;
VII. El Jurado deberá estar integrado necesariamente por los tres integrantes del Consejo a que se refiera la disciplina que se convoca, entre otros;
VIII. En caso de vacancia de alguno de los consejeros de la disciplina de que se trate, será sustituido por la Dirección de la Secretaría especializada en la actividad artística o cultural que se convoca; y IX. Día, hora y lugar en que habrá de resolverse la solicitud de la persona física o jurídica a que se le otorgará el apoyo económico a cargo del Fondo.