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Artículo 9

Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco· Capítulo II. Del Sistema Estatal

La elaboración del Programa Estatal será responsabilidad del Code Jalisco conforme a lo dispuesto en el Plan Estatal de Desarrollo del Estado, el cual deberá remitirlo al Consejo Técnico para su autorización y una vez autorizado, se deberá remitir al Consejo Directivo para la aprobación de su presupuestación. Los contenidos del Programa Estatal deberán tener los siguientes elementos en el ámbito de su competencia:

I. Justificación;

II. Diagnóstico;

III. Objetivos;

IV. Subprogramas específicos;

V. Metas; y VI. Calendario anual de competencias estatales nacionales e internacionales y actividades propias del Code Jalisco.

Los contenidos del Programa Estatal deberán diseñarse conforme a lo dispuesto en el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Jalisco.

Los eventos y actividades no incluidas en el Programa Estatal podrán ser aprobados por el Director General del Code Jalisco.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.