En el trámite de las comunicaciones internas y la remisión de documentos entre Dependencias y Entidades del Poder ejecutivo del Estado se priorizará el uso de las comunicaciones y medios de soporte digitales., así como la expresión volitiva oficial mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada, salvo que por disposición jurídica deba constar el acto administrativo en forma y con forma autógrafa.
Artículo 27
Reglamento de la Ley de Austeridad y Ahorro para el Poder Ejecutivo· Capítulo IV. De los Programas Informáticos de Código Abierto y Comunicaciones
Conexiones dentro de la misma norma
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