El procedimiento para solicitar y otorgar las medidas de emergencia y ayuda inmediata, se ajustará en el ámbito de competencia estatal previsto en el Modelo Integral de Atención a Víctimas.
A efecto de brindar de manera oportuna dichas medidas, la Comisión Ejecutiva podrá auxiliarse de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, conforme a sus ámbitos de competencia y de conformidad con los convenios de coordinación que para tal efecto celebren.