El Presidente del Sistema y la Comisión Ejecutiva pueden invitar a especialistas en temas específicos a las sesiones del Pleno, con objeto de que aporten elementos, datos y experiencias sobre los temas a tratar.
Artículo 22
Reglamento de la Ley de Atención a Víctimas· Capítulo III. Del Sistema Estatal de Atención A Víctimas
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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