La Comisión Ejecutiva remitirá el Formato y un informe sobre las acciones realizadas y medidas adoptadas a la Secretaría Técnica.
La Secretaría Técnica realizará el análisis de la información, formará el expediente de la víctima, someterá a consideración del pleno de la Comisión Ejecutiva, el dictamen sobre su inscripción en el Registro y ejecutará las acciones que le correspondan en el ámbito de su competencia, conforme al presente Reglamento y demás disposiciones aplicables.
El análisis señalado en el párrafo que antecede podrá elaborarse por el Comité señalado en el artículo 24.