Los dictámenes de la Comisión Mixta se enviarán a la Comisión de Administración o a la de Inspección y a la Oficialía Mayor y a la Contaduría Mayor de Hacienda según corresponda, para su análisis, evaluación y dictaminación, quienes a su vez harán del conocimiento de la Comisión Mixta su resolución.
Artículo 49
Reglamento de Escalafón y Capacitación del Poder Legislativo· Capítulo Décimo Primero
Conexiones dentro de la misma norma
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Lo citan: 1