Las facultades, obligaciones, atribuciones, procedimientos y derechos de la Comisión Mixta y de sus Organismos Auxiliares en su caso, quedan señalados en el presente Reglamento, sin contravenir las disposiciones de la Ley.
Artículo 14
Reglamento de Escalafón y Capacitación del Poder Legislativo· Capítulo Cuarto
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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