Capítulo Tercero
Para los Servidores Públicos (Administrativas, abrogada) · arts. 32 a 41
Artículos
- Art. 32El salario es la retribución que debe pagarse al trabajador en cambio de los servicios prestados.
- Art. 33El salario será uniforme para cada una de las categorías y será fijado en los presupuestos de Egresos respectivos.
- Art. 34La cuantía del salario uniforme fijado en los términos del artículo anterior, no podrá ser disminuida durante la vigencia del…
- Art. 35La uniformidad de los salarios correspondientes a las distintas categorías de trabajadores será fija pero para compensar las…
- Art. 36Los pagos se efectuarán en el lugar en que los trabajadores presten sus servicios y se harán precisamente en moneda del curso…
- Art. 37Solo podrán hacerse retenciones, descuentos, o deducciones al salario de los trabajadores cuando se trate: I. De deudas…
- Art. 38Las horas extraordinarias de trabajo se pagarán con un ciento por ciento más del importe del salario total, excepto en los casos…
- Art. 39En los días de descanso obligatorio y de las vacaciones los trabajadores recibirán salario íntegro, cuando el salario se pague…
- Art. 40El salario no es susceptible de embargo judicial o administrativo, fuera de lo establecido por el Artículo 37.
- Art. 41Es nula la cesión de salarios en favor de tercera persona.