Las condiciones generales de trabajo establecerán:
I. La intensidad y calidad del trabajo;
II. Las medidas que deben adoptarse para prevenir la realización de riesgos profesionales;
III. Las disposiciones disciplinarias y la forma de aplicarlas;
IV. Las fechas y condiciones en que los trabajadores deban someterse a exámenes médicos previos y periódicos; y V. Las demás reglas que fueren convenientes para obtener mayor seguridad y eficacia en el trabajo.