Son atribuciones de los Secretarios de la Comisión Mixta de Escalafón:
I. Organizar los Grupos a su cargo de acuerdo con las disposiciones legales vigentes;
II. Asistir puntualmente, con voz y voto a las reuniones en pleno de la Comisión Mixta de Escalafón;
III. Resolver los asuntos que le correspondan, de acuerdo con las disposiciones de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y de este Reglamento;
IV. Atender con la debida oportunidad, el estudio de los asuntos que deben ser sometidos al Pleno de la Comisión;
V. Presentar al pleno las modalidades y reformas que consideren pertinentes, para el mejor desempeño de su cargo;
VI. Presentar al Pleno los proyectos de catálogos escalafonarios anuales para su aprobación definitiva;
VII. Integrar y dar posesión de su cargo a las Sub-comisiones auxiliares de su grupo y dirigir y coordinar sus actividades; y VIII. Desempeñar las comisiones que el pleno les confiera.