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Artículo 160

Ley Reglamentaria del Artículo 117 Bis de la Constitución Política del Estado de Jalisco· Título Décimo Cuarto. DE LA INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL CONGRESO CONSTITUYENTE › Capítulo I. De los Instrumentos Internos de Comunicación en el Trabajo Legislativo › Sección Tercera. Gaceta Constituyente

La Gaceta es el órgano oficial de difusión del Constituyente, que tiene como finalidad regular y divulgar la programación y agenda parlamentaria de los trabajos a realizarse en las sesiones ordinarias de comisiones, comités, órganos técnicos, así como de las sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes de la Asamblea Legislativa, en la que se publicarán la fecha y lugar, el orden del día a desarrollar, nombre de quien preside, los proyectos de dictamen, los dictámenes, los Acuerdos Legislativos, las comunicaciones y la demás información correspondiente a dichas sesiones.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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