Lo acontecido en las sesiones se consigna en el "Diario de los Debates", en el que se publica la fecha y el lugar de la sesión, el sumario, nombre de quien preside, copia fiel del acta de la sesión anterior en su caso, trascripción de las discusiones en el orden que se desarrollan e inserción de los documentos a los que se les da lectura.
Artículo 123
Ley Reglamentaria del Artículo 117 Bis de la Constitución Política del Estado de Jalisco· Título Décimo Segundo. FUNCIONAMIENTO DEL PLENO › Capítulo I. Las Sesiones del Pleno
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