Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 28

Ley que Regula los Centros de Atención Infantil en el Estado de Jalisco· Capítulo VII. Del Registro Estatal y las modalidades y tipos de los Centros de Atención

Las autoridades competentes para emitir las autorizaciones o licencias a que se refiere esta Ley, procederán a inscribir los Centros de Atención en el Registro Estatal, registros que deberán actualizarse los primeros diez días hábiles de cada mes.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.