El Consejo Consultivo para la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social estará integrado por los titulares o representantes que para el efecto nombren: a) Un presidente que será el titular del Poder Ejecutivo del Estado; b) El Secretario de Seguridad; c) El Secretario de Administración; d) El Secretario de la Hacienda Pública; e) El Secretario de Desarrollo Económico; f) El Secretario del Trabajo y Previsión Social; g) El Secretario del Sistema de Asistencia Social; h) El Director General de Reinserción Social; i) Los directores de cada una de las instituciones penitenciarias en donde esté operando la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social; j) Dos representantes del Consejo Ciudadano de Seguridad y Procuración de Justicia; k) Dos representantes de las cámaras de industriales de la entidad; y l) Dos representantes de la Cámara Nacional de Comercio de Guadalajara.
Artículo 31 Ter
Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social· Capítulo II. De los Organos de Gobierno de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social Del Consejo de Administración
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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