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Artículo 32

Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social· Capítulo III. Patrimonio de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social

El patrimonio de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, lo integran todos lo bienes que constituyen fuentes de ingresos, tanto los presentes como los que adquiera en el futuro, así como los productos y aprovechamientos que obtengan de la explotación de las industrias y empresas a su cargo, en los términos del reglamento respectivo. Dichos bienes serán inembargables y estarán exentos de toda clase de contribuciones, impuesto o derechos estatales y municipales.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.