Son facultades del Tesorero registrar los contratos que se celebren, los bienes que se adquieran, las obligaciones que se contraigan y todo aquello que implique la vigilancia del patrimonio y su correcta administración.
Artículo 31
Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social· Capítulo II. De los Organos de Gobierno de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social Del Consejo de Administración
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.