Se crea como un organismo público descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado, dotado con responsabilidad jurídica y patrimonio propios, a la "Industria Jalisciense de Rehabilitación Social", que tendrá a su cargo la creación, control y administración de las industrias que se constituyan en todos lo reclusorios preventivos y centros de readaptación social del Estado, de adultos, hombres o mujeres, así como la organización del trabajo que en ellas se desempeñe por los internos y la comercialización de los productos resultantes.
El trabajo penitenciario tendrá como objetivos principales contribuir en los sistemas de readaptación y rehabilitación de los internos a través de la capacitación laboral, así como el mejoramiento de los establecimientos.
Para el cumplimiento de sus fines, en los términos de esta ley, tendrá a su cargo la administración de los bienes que integren el patrimonio-afectación que se establece en la misma, comprendiendo todas las industrias, empresas, propiedades y demás ingresos que constituyan la fuente de sus recursos económicos.