1. La revalidación de licencias se sujeta a lo dispuesto en la presente ley y en los ordenamientos municipales respectivos.
Artículo 33
Ley para Regular la Venta y el Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Jalisco· Capítulo Quinto. REVALIDACIÓN DE LICENCIAS
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.