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Artículo 19

Ley para la Protección y Apoyo de las Madres Jefas de Familia del Estado de Jalisco· Capítulo IV. De las Acciones Gubernamentales

Las dependencias y entidades estatales y municipales, si es el caso, podrán celebrar convenios de concertación con el sector privado, con el propósito de implementar acciones de apoyo a madres jefas de familia, entre las cuales se incluyan descuentos en los productos o servicios que las empresas ofrezcan al público.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.