El Sistema Estatal de Promoción de Inversiones tendrá los siguientes objetivos:
I. Potenciar el atractivo de Jalisco en la captación de inversiones productivas, a través del trabajo coordinado de las entidades públicas de los órdenes de gobierno federal, estatal y municipal y la concertación de esfuerzos con instituciones académicas y organismos privados y sociales;
II. Posicionar la captación de inversión directa como una actividad de alta prioridad para el desarrollo de Jalisco;
III. Buscar, obtener y mantener el liderazgo de Jalisco en la captación de proyectos de inversión productiva;
IV. Diseñar y perfeccionar continuamente las estrategias para la captación de nuevos proyectos de inversión productiva;
V. Hacer vigentes los principios constitucionales de la Planeación Democrática del Desarrollo en la Promoción de Inversiones, con la concurrencia de las entidades públicas de los órdenes de gobierno federal, estatal y municipal y de los agentes privados y sociales que tienen injerencia directa sobre el desempeño económico de 3 Jalisco y el funcionamiento de su planta productiva, vigilando que las acciones de captación, proyectos e inversiones que se realicen en Jalisco, sean sustentables, con perspectiva de género, dentro del marco de la formalidad y responsabilidad social;
VI. Dar seguimiento puntual a los proyectos de inversión que se hubieren concretado como resultado de las políticas y programas regulados en esta Ley, para acompañarlos durante su proceso de instalación e inicio de operaciones, con la finalidad de que se obtengan los resultados previstos en términos de la generación de riqueza y fuentes de trabajo;
VII. Profesionalizar los eslabones de la cadena de atracción, captación y consolidación de inversiones productivas;
VIII. Establecer instrumentos pertinentes para la promoción de inversiones, incluida la constitución y administración de fondos financieros dedicados a la dotación de infraestructura, la creación, equipamiento y administración de reservas territoriales para fines productivos y el apoyo directo a proyectos de inversión productiva;
IX. Acrecentar la presencia internacional de los organismos del gobierno del estado especializados en la promoción de inversiones y consolidar redes globales de información, intercambio de experiencias de apoyo recíproco para la consolidación de proyectos empresariales de dimensiones trasnacionales;
X. Fijar las directrices generales para la rendición de cuentas de la política general de promoción de inversiones y los lineamientos específicos para la evaluación de los resultados de los proyectos empresariales que en particular reciban alguno de los beneficios previstos en esta Ley;
XI. Instaurar un sistema de seguimiento y retroalimentación oportuna, expedita y al más alto nivel, bajo un enfoque flexible, que fije su atención en los avances y obstáculos observados durante el desarrollo de los proyectos de inversión promovidos, con la finalidad de realizar los ajustes o cambios oportunos que sean necesarios, para poder ser cada día más competitivos y efectivos en la atracción de proyectos de inversión a nuestro estado; y XII. Favorecer la coordinación entre las diferentes entidades y organismos estatales y municipales de promoción y fomento a la inversión productiva, y hacer compatibles sus agendas y objetivos particulares, con la finalidad de potenciar sus resultados.