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Artículo 7

Ley para la Promoción de Inversiones en el Estado de Jalisco· Título Primero. De las Autoridades Sujetas a esta Ley › Capítulo II. Del Sistema Estatal de Promoción de Inversiones

Se erige el Sistema Estatal de Promoción de Inversiones como el conjunto de instituciones, normas, procedimientos, políticas e instrumentos de planeación que tienen como finalidad el mantener y acrecentar el volumen y la pertinencia de las inversiones productivas en la Entidad y elevar su capacidad para contribuir al desarrollo sustentable de Jalisco mediante la generación de riqueza y empleo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.