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Artículo 32

Ley para Garantizar los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales del Estado de Jalisco y sus Municipios· Capítulo VI. Del Protocolo de actuación para la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales

Objeto del Protocolo. 1. El presente capítulo contempla la generación de un protocolo de actuación por parte de las autoridades estatales y municipales que establezcan medidas necesarias conforme a sus atribuciones y competencias, para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales, desde la identificación de riesgos, atención y seguimiento hasta la formulación del plan de restitución de derechos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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