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Artículo 31

Ley para Garantizar los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales del Estado de Jalisco y sus Municipios· Capítulo V. De la Solución de conflictos por el uso de conductas que vulneren derechos o normas sociales de una persona menor de edad en contra de otra persona menor de edad

De las prácticas restaurativas en la solución de conflictos por el uso de conductas que vulneren derechos o normas sociales de una persona menor de edad en contra de otra persona menor de edad. 1. En la solución de conflictos de conductas que vulneren derechos o normas sociales de una persona menor de edad en contra de otra persona menor de edad se deberá privilegiar las prácticas restaurativas que faciliten la integración y amigable composición de los participantes del conflicto dentro de las comunidades educativas.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.