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Artículo 23

Ley para Garantizar los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales del Estado de Jalisco y sus Municipios· Capítulo IV

Facultades de la Secretaría de Desarrollo Económico 1. Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Económico las siguientes facultades:

I. Promover, en colaboración con la academia, el sector productivo y organizaciones sociales, el desarrollo de tecnologías orientadas a la protección de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales, garantizando que estas respondan a estándares éticos, de transparencia y accesibilidad.

Estas tecnologías deberán incluir no solo herramientas de seguridad, sino también propuestas pedagógicas, campañas de alfabetización digital, metodologías participativas e investigaciones centradas en los derechos digitales de las infancias y adolescencias;

II. Otorgar a establecimientos industriales, comerciales y de servicios el distintivo de Entorno Digital Seguro para la Niñez y Adolescencia en los términos de la normatividad reglamentaria; y III. Las demás que le confieran las leyes aplicables a la materia.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.