Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 9

Ley para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Jalisco· Capítulo III. Del Comité para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil

Cada miembro del Comité tendrá derecho a voz y voto, con excepción del Secretario Ejecutivo, quien contará solo con voz. Las decisiones del Comité se toman por mayoría de votos de los presentes.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.