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Artículo 18

Ley para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Jalisco· Capítulo III. Del Comité para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil

Para ser Secretario Ejecutivo se deberán cumplir los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano y que no haya adquirido otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Tener treinta años de edad o más, el día de la designación;

III. Poseer al día de la designación, título profesional de nivel licenciatura y contar con los conocimientos y experiencia que le permita el desempeño de sus funciones;

IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso;

V. No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cinco años anteriores a la designación; y VI. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cinco años anteriores a la designación.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.