Cuando se compruebe que existe falsedad en los documentos que los profesionistas hayan presentado para su registro ante la Dirección a efecto de obtener la cédula profesional, se efectuará la cancelación del trámite y de ser el caso se revocará la autorización para el ejercicio profesional, independientemente de las sanciones penales a las que se haga acreedor. Además se le impondrá por parte de la Dirección, una multa de doscientas a trescientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la capital del Estado.
En este supuesto, la Dirección deberá de interponer la denuncia de hecho correspondiente ante el Ministerio Público.