La Comisión Interinstitucional de las Juventudes, en cualquier momento y por acuerdo de la mayoría de sus integrantes, establecerá Comisiones Intersecretariales con carácter temporal, integradas por la Dirección de Juventudes y representantes de las Secretarías que determinen, mismas que deberán estar involucradas en asuntos inherentes a las juventudes.
Las Comisiones Intersecretariales que se establezcan, tendrán por objeto diseñar, aprobar y coordinar la ejecución, control y evaluación de políticas públicas necesarias para la atención y desarrollo integral de las juventudes, en la materia de su competencia; su duración estará sujeta al cumplimiento del objetivo de su creación.