Las dependencias y entidades que conforman la administración pública estatal, así como los gobiernos municipales, procurarán la generación de programas, políticas y estrategias en materia de juventud, así como su integración en el programa, en los Planes Municipales de Desarrollo y Gobernanza y en el Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo, de acuerdo con el ámbito de su competencia.
Los poderes públicos del Estado de Jalisco, los organismos auxiliares de la administración pública estatal, y los gobiernos municipales, en el ámbito de su competencia, podrán suscribir convenios o acuerdos de coordinación con la finalidad de coadyuvar con la aplicación y ejecución de las políticas públicas en materia de las juventudes.