En materia de seguridad, las juventudes tienen derecho a la paz positiva, entendida esta como el fortalecimiento de las aptitudes individuales y colectivas que privilegien las soluciones pacíficas de problemas y transformación cotidiana de conflictos a acciones tendientes a la construcción de un mejor ambiente social de vivienda y desarrollo humano como parte esencial de una colectividad diversa.
Artículo 19
Ley para el Desarrollo Integral de las Juventudes del Estado de Jalisco· Título Segundo. DE LOS DERECHOS DE LAS JUVENTUDES › Capítulo II. DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS JUVENTUDES
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