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Artículo 3

Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco· Capítulo II. Tribunal de Justicia Administrativa

Tribunal - Naturaleza 1. El Tribunal es un organismo constitucional autónomo; tiene personalidad jurídica y patrimonio propios; y cuenta con autonomía técnica, de gestión, presupuestal y administrativa. El Tribunal residirá en el Área Metropolitana de Guadalajara, sin perjuicio de la existencia de Salas Regionales. 2. El Tribunal es independiente en sus decisiones y autónomo para resolver los asuntos jurisdiccionales de su competencia. 3. El Tribunal es la máxima autoridad estatal jurisdiccional en materia de justicia administrativa y de responsabilidades de los servidores públicos. 1

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 27