Secretarios Proyectistas - Atribuciones 10 1. Los Secretarios Proyectistas tienen las siguientes atribuciones:
I. Formular los proyectos de las resoluciones definitivas e interlocutorias;
II. Elaborar los proyectos para el cumplimiento de ejecutorias de amparo concedidos contra las sentencias definitivas y de las emitidas por la Sala Superior en los recursos de su competencia;
III. Preparar proyectos de aclaración de sentencia;
IV. Elaborar proyectos en los recursos;
V. Auxiliar en la formulación de los criterios del Tribunal;
VI. Suplir las faltas o las ausencias temporales del magistrado de su adscripción, siempre que reúna los requisitos para ser magistrado; y VII. Las demás que establezcan otras disposiciones aplicables.