1. Corresponde a la Comisión de Seguridad y Justicia, el conocimiento, estudio y en su caso dictamen de los asuntos relacionados con:
I. La legislación administrativa en su aspecto adjetivo;
II. La legislación relativa al Poder Judicial y al Ministerio Público;
III. La legislación y estructuración de los entes en materia de seguridad, reinserción social y procuración de justicia; 35 IV. La Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Jalisco;
V. Los planes, programas y políticas tendientes al fortalecimiento y a la regulación de los sistemas integrales de tratamiento penal y funcionamiento de las instancias de readaptación;
VI. Las políticas, planes y programas la difusión y fortalecimiento de la seguridad pública;
VII. La elección y en su caso la ratificación de magistrados del Supremo Tribunal de Justicia y del Tribunal de Justicia Administrativa;
VIII. La elección de los integrantes del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco;
IX. La ratificación del Fiscal General del Estado de Jalisco;
X. La valoración, análisis y en su caso el otorgamiento de amnistía;
XI. La elección del Director del Instituto de Justicia Alternativa;
XII. La elección del fiscal especializado en materia de delitos electorales; y XIII. La elección del fiscal especializado en combate a la corrupción.