1. Corresponde a la Comisión de Responsabilidades el conocimiento, estudio y en su caso dictamen de los asuntos relacionados con:
I. La legislación en materia de responsabilidades políticas y administrativas;
II. Los planes, programas y políticas en materia de responsabilidades; y III. Los juicios políticos y de declaración de procedencia penal, de acuerdo con la Ley aplicable.