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Artículo 85

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Sexto. COMISIONES LEGISLATIVAS Y COMITÉS › Capítulo I. Comisiones Legislativas

1. Corresponde a la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, el conocimiento, estudio y en su caso dictamen de los asuntos relacionados con:

I. La legislación en materia de educación, de promoción de las bellas artes, manifestaciones artísticas, culturales y de patrimonio cultural; de apoyo a la juventud y fomento al deporte; así como de los asuntos relacionados con el Sistema Educativo Estatal;

II. Los planes, programas, políticas y proyectos en las materias anteriores; 31 III. El otorgamiento de reconocimientos y declaración de beneméritos, conforme a las leyes correspondientes; y IV. Establecer las bases y organizar anualmente el Parlamento Infantil del estado de Jalisco.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.